INVERSIONES: Constitución de la República Bolivariana de Venezu...:
TÍTULO VI
DEL SISTEMA SOCIO ECONOMICO
Del Régimen Socio Económico y de la Función del Estado en la Economía
ARTICULO 299. El Régimen Socioeconómico de la República Bolivariana de Venezuela en sí fundamenta en los Principios de justicia social, la democracia, Eficiencia, Competencia libre, Protección del Ambiente, PRODUCTIVIDAD y Solidaridad, A Los multas dE asegurar el Desarrollo Humano integral digna Existencia y Una y provechosa Para La colectividad.El Estado conjuntamente Con La Iniciativa Privada promoverá development armónico de la Economía Nacional Con El Fin de Generar fuentes de Trabajo, alto valor nacional AGREGADO, ELEVAR El Nivel de Vida de la Población y Fortalecer la Soberanía Económica del País, garantizando la Seguridad Jurídica, solidez, Dinamismo, sustentabilidad, equidad y Permanencia del Crecimiento de la Economía, párr lograr Una justa Distribución de la Riqueza MEDIANTE Una Planificación Estratégica Democrática participativa y de consulta abierta.
ARTICULO 300. La ley nacional establecerá las Condiciones Para La Creación de Entidades funcionalmente descentralizadas párr la realizacion de Actividades Sociales o Empresariales, Con El Objeto de asegurar la Razonable PRODUCTIVIDAD Económica y sociales de los Recursos Públicos Que Ellas en sí inviertan.
ARTICULO 301. El Estado SE reserva el BSG de la Política comercial defensor párr las Actividades Económicas de las Empresas Públicas Nacionales y Privadas. De No se podra otorgar un personajes, empresas u Organismos Extranjeros regímenes Más beneficiosos Que los establecidos párr los Nacionales. La Inversión Extranjera ESTA SUJETA A Las Mismas Condiciones de Me Inversión nacional.
ARTICULO 302. El Estado en sí reserva, MEDIANTE la Ley Orgánica respectiva, y Por Razones de Conveniencia Nacional, la Actividad Petrolera y Otras Industrias, Explotaciones, Servicios y Bienes de Interés Público y de Carácter Estratégico. El Estado promoverá la manufactura nacional de Materias Primas provenientes de la Explotación de Los Recursos Naturales no Renovables, Con El Fin de asimilar, CREAR e innovar Tecnologías, Generar Empleo y Crecimiento Económico, y CREAR Riqueza y Bienestar para el Pueblo.
ARTICULO 303. Por Razones de soberanía Económica, Política y de Estrategia nacional, el Estado conservará la totalidad de las Acciones de Petróleos de Venezuela, SA, o del ente de Puntos Creado para el Manejo de la Industria Petrolera, exceptuando las de las Filiales, Asociaciones Estratégicas, empresas y Cualquier Otra Que se haiá constituído o sí constituya de Como Consecuencia del Desarrollo de Negocios de Petróleos de Venezuela, SA
ARTICULO 304. Bienes aguas hijo TODAS las de Dominio Público de la Nación, insustituibles Para la Vida y el Desarrollo. La ley establecerá las disposiciones necesarias una aleta de Garantizar do Protección, aprovechamiento y recuperacion, respetando las Fases del Ciclo hidrológico y los Criterios de ordenación del Territorio.
ARTICULO 305. El Estado promoverá la agricultura sustentable de base de COMO Estratégica del Desarrollo Rural Integral, una aleta de Garantizar La Seguridad Alimentaria de la Población; entendida de como la disponibilidad Se Suficiente y Estable de Alimentos en el Ámbito Nacional y el Acceso Oportuno y permanente un Estós Por instancia de parte del pà º blico Consumidor. La Seguridad Alimentaria en sí alcanzará desarrollando y privilegiando la Producción agropecuaria interna, entendiéndose de Como tal la Proveniente de las Actividades Agrícola, pecuaria, pesquera y acuícola. La Producción de Alimentos es de Interés Nacional para la fundamental y el Desarrollo Económico y Social de la Nación. A cuentos de las multas, el Estado dictará las Medidas de Orden Financiero, Comercial, Tecnológica Transferencia, tenencia de la tierra, Infraestructura, Capacitación de mano de obra y Otras Que fueran necesarias párr Alcanzar Niveles Estratégicos de autoabastecimiento. Ademas, promoverá las Acciones en el marco de la Economía nacional e internacional párr Compensar las desventajas Propias de la Actividad Agrícola.
El Estado protegerá los asentamientos y Comunidades de pescadores o pescadoras artesanales, la ASI COMO SUS caladeros de pesca en aguas continentales y los Próximos a la línea de costa definidos en la ley.
ARTICULO 306. El Estado promoverá las Condiciones párrafo development rural integral, Con El Propósito de Generar Empleo y Garantizar a la Población campesina ONU Nivel adecuado de Bienestar, COMO ASI do Incorporación al Desarrollo Nacional. IGUALMENTE fomentará la Actividad Agrícola y el USO Óptimo de la tierra MEDIANTE la Dotación de las Obras de Infraestructuras, insumos, Créditos, Servicios de Capacitación y Asistencia Técnica.

ARTICULO 307. El Régimen latifundista es contrario al Interés social. La ley dispondra lo conducente en materia tributaria párr gravar las tierras ociosas y establecerá Las Guia de compra Medidas necesarias párr do Transformación en unidades Económicas Productivas, Rescatando IGUALMENTE las tierras de Vocación Agrícola. Los campesinos o campesinas y demás La Productores agropecuarios y Productoras agropecuarias Tienen Derecho a la Propiedad de la tierra, en los Casos y Formas especificados en la ley respectiva. El Estado protegerá y promoverá las Formas asociativas y particulares de Propiedad párr Garantizar la Producción Agrícola. El Estado Velara Por La ordenación sustentable de las tierras de Vocación Agrícola párr asegurar do potencial agroalimentario.
Excepcionalmente sí crearán las Contribuciones parafiscales Con El Fin de facilitar Fondos para Financiamiento, Investigación, Asistencia Técnica, Transferencia Tecnológica y Otras Actividades Que promuevan la Productividad y la Competitividad del sector Agrícola. La ley regulará lo conducente a materia this.
ARTICULO 308. El Estado protegerá y promoverá la Pequeña y Mediana Industria, Las Cooperativas, las cajas de ahorro, la ASI COMO also la Empresa familiar, la microempresa y Cualquier Otra forma de Asociación comunitaria para el Trabajo, el Ahorro y el CONSUMO, Bajo Régimen de Propiedad colectiva , Con El Fin de Fortalecer el Desarrollo Económico del País, sustentándolo en la Iniciativa popular. Se asegurará la Capacitación, la Asistencia Técnica y el Financiamiento Oportuno.
ARTICULO 309. La artesanía e Industrias Populares Típicas de la Nación, gozarán de Protección especial del Estado, Con El Fin de Preservar do autenticidad, y obtendrán FACILIDADES crediticias párr PROMOVER do Producción y Comercialización.
ARTICULO 310. El turismo es Una Actividad Económica de Interés nacional, prioritaria párr El País En Su Estrategia de Diversificación y Desarrollo Sustentable. Dentro de las fundamentaciones del Régimen Socioeconómico Previsto En Esta Constitución, el Estado dictará las Medidas Que garanticen do Desarrollo. El Estado Velara Por La Creación y Fortalecimiento del nacional turístico sector.
ALIMENTACIÓN

ARTICULO 305 - El Estado promoverá la agricultura sustentable de base de COMO Estratégica del Desarrollo rural integral una aleta de Garantizar La Seguridad Alimentaria de la PoblaciónNew. Entendida de como la disponibilidad Se Suficiente y Estable de Alimentos en el Ámbito Nacional y el Acceso Oportuno y permanente una porción de Estós a instancia de parte del pà º blico Consumidor. La Seguridad Alimentaria Debera alcanzarse desarrollando y privilegiando la Producción agropecuaria interna, entendiéndose de Como tal la Proveniente de las Actividades Agrícola, pecuaria, pesquera y Agrícola. La Producción de Alimentos es de Interés nacional y fundamental al Desarrollo Económico y Social de la Nación. A cuentos de las multas, el Estado dictará las Medidas de Orden Financiero, Comercial, Tecnológica Transferencia, tenencia de la tierra, Infraestructura, Capacitación de mano de obra y Otras Que fueran necesarias párr Alcanzar Niveles Estratégicos de autoabastecimiento.Ademas, promoverá las Acciones en el marco de la Economía nacional e internacional párr Compensar las desventajas Propias de la Actividad Agrícola. El Estado protegerá los asentamientos y Comunidades de pescadores o pescadoras artesanales, la ASI COMO SUS caladeros de pesca en aguas continentales y los Próximos un . La Línea de costa definidos en la ley ARTICULO 117 - TODAS las Personas tendran Derecho a enajenante de bienes y Servicios de Calidad, la ASI COMO un Una Información ADECUADA y no engañosa Sobre el Contenido y Características de los Productos y Servicios Que consumen;. un La Libertad de Elección ya Un trato Equitativo y Digno. La ley establecerá los Mecanismos necesarios párr Garantizar OEN Derechos, Las Normas de Control De Calidad y CANTIDAD de bienes y Servicios, los procedimientos de Defensa del Consumidor pà º blico, el resarcimiento de Los Daños ocasionados y las sanciones correspondientes Por La Violación de Derechos ESTOS. ARTICULO 112 -. TODAS las Personas pueden dedicarse Libremente a la Actividad Económica de do Preferencia, sin mas limitations Que las previstas en this Constitución y las Leyes Que establezcan Las, Por Razones de Desarrollo Humano, Seguridad, Sanidad, Protección del ambiente u Otras de Interés social. El Estado promoverá la Iniciativa Privada, garantizando la Creación y justa Distribución de la Riqueza, la ASI COMO la Producción de bienes y Servicios Que satisfagan las needs de la Poblacion, La Libertad de Trabajo, Empresa, Comercio, Industria, el pecado perjuicio de do Facultad párrafo . Medidas planificar dictar párrafo, racionalizar y regular de la Economía e Impulsar el Desarrollo Integral del País ARTICULO 299 -. El Régimen Socioeconómico de la República Bolivariana de Venezuela en sí fundamenta en los Principios de justicia social, la democracia, Eficiencia, Competencia libre, Protección del Ambiente , PRODUCTIVIDAD y Solidaridad, A Los multas dE asegurar el Desarrollo Humano integral digna Existencia y Una y provechosa párr la colectividad. El Estado conjuntamente estafa la Iniciativa Privada, promoverá el Desarrollo armónico de la Economía Nacional Con El Fin de Generar fuentes de Trabajo, alto Valor Agregado Nacional, Elevar el Nivel de Vida de la Población y Fortalecer la Soberanía Económica del País, garantizando la Seguridad Jurídica , solidez, Dinamismo, sustentabilidad, equidad y Permanencia del Crecimiento de la Economía, párr lograr Una justa Distribución de la Riqueza MEDIANTE Una Planificación Estratégica Democrática, participativa y de consulta abierta.